CONSEJERÍA DE EMPLEO E INDUSTRIA SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN (ECYL) EXTRACTO de la Resolución de 14 de julio de 2020, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena, para el año 2020. BDNS (Identif.): 516310 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/516310) Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS. Primero.– Beneficiarios. Trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles. Podrán ser beneficiarios de la subvención regulada en el Programa II (Fomento de la contratación del primer trabajador por parte de trabajadores por cuenta propia) los trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas) establecidos en Castilla y León. Segundo.– Objeto. Fomentar el empleo estable por cuenta en Castilla y León a través de cuatro programas: contratación indefinida ordinaria, contratación indefinida ordinaria del primer trabajador por trabajadores por cuenta propia, transformación en indefinidos de determinados contratos temporales y ampliación de jornada de contratos indefinidos ordinarios formalizados con mujeres. Tercero.– Bases Reguladoras. Orden EMP/289/2019, de 21 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena (B.O.C. y L. n.º 65 de 3 de abril de 2019), modificada por Orden EEI/529/2020, de 17 de junio (B.O.C. y L. n.º 126 de 24 de junio de 2020). CV: BOCYL-D-21072020-10 Boletín Ofcial de Castilla y León Núm. 145 http://bocyl.jcyl.es D.L.: BU 10-1979 - ISSN 1989-8959 Martes, 21 de julio de 2020 Pág. 26347 Cuarto.– Importe. De 1.500 a 14.000 euros, según la acción subvencionable. Quinto.– Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes varía según la fecha en que se haya iniciado la contratación, transformación contractual o ampliación de jornada subvencionable: Si la contratación, transformación contractual o ampliación de jornada se ha iniciado entre el día 1 de octubre de 2019 y el día de publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León, ambos inclusive: dos meses computados desde el día siguiente a aquél en que se publique este extracto. Si la contratación, transformación contractual o ampliación de jornada se inicia a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León: dos meses computados desde la fecha de inicio de la contratación, transformación o ampliación, con el límite establecido en el párrafo siguiente. En ningún caso se admitirán a trámite más solicitudes que las presentadas entre el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León y el 15 de octubre de 2020. Arroyo de la Encomienda (Valladolid), 14 de julio de 2020. La Presidenta del Servicio Público de Empleo de Castilla y León,
Fdo.: Ana Carlota Amigo Piquer
http://bocyl.jcyl.es/boletines/2020/07/21/pdf/BOCYL-D-21072020-10.pdf
http://bocyl.jcyl.es/html/2020/07/21/html/BOCYL-D-21072020-10.do